SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO
Es la que existe bajo una razón social y en la que todos los socios responden, de modo subsidiario, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales.
La razón social se formará con el nombre de uno o más socios y en caso de que no figuren todos, se añadirán las palabras y compañía” u otras equivalencias.
La responsabilidad subsidiaria de los socios consiste en que están obligados al pago de las obligaciones de la sociedad cuando ésta no la haya hecho, a pesar de ser requerida para ello.
La responsabilidad ilimitada indica que los socios responden de las deudas en su totalidad, cualquiera que sea su monto.
Responsabilidad solidaria significa que el importe total de todas las obligaciones sociales puede exigirse, de uno solo de los socios, cualquiera de ellos.